El Dictamen aprobado por la Comisión de Relaciones Exteriores del Congreso peruano el 5 de junio de 2024 y que ha sido puesto en agenda del pleno en las últimas horas ha generado una fuerte controversia.

El Proyecto de Ley N° 7367, presentado por Alejandro Aguinaga de Fuerza Popular, busca modificar la Ley de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI). Este proyecto ha sido objeto de críticas por parte de diversos sectores de la sociedad civil, expertos en cooperación internacional e incluso la comunidad internacional. La llamada Ley Anti ONGs es un riesgo real para la sociedad organizada.

Según medios consultados, el congresista Aguinaga indicó que esta propuesta se basaba en la “ley FARA” de los Estados Unidos. Sin embargo, según señala el investigador Gonzalo Ugarte de la PUCP "la Foreign Agents Registration Act (FARA) es una ley que fue creada en 1938 con el fin de exponer a los simpatizantes nazis en Estados Unidos, que solo fue utilizada siete veces entre los años 1966 y 2015, e incluso a pesar del debate reciente para reimpulsar su uso, no incluyó ni incluye disposición alguna que permita disolver una asociación civil por resolución administrativa.


El congresista Aguinaga, autor del proyecto de ley

Los puntos de controversia

El Dictamen ha sido cuestionado por varios motivos e instituciones con  diversos argumentos legales entre los que destacan:

Falta de estudio y análisis: Se argumenta que el Dictamen no ha sido objeto de un debate amplio y que el texto sustitutorio aprobado no fue analizado ni consultado con las entidades afectadas.

Amplitud del alcance: Se critica que el Dictamen extienda la aplicación del marco normativo a cualquier entidad que gestione cooperación internacional, incluyendo empresas con fines de lucro, lo que podría desnaturalizar el trabajo de las ONGD.

Sanciones sin sustento técnico: Se cuestiona el incremento de las multas y la falta de criterios técnicos para su aplicación, así como la ambigüedad en la definición de infracciones, lo que podría dar lugar a arbitrariedades.

Desnaturalización de entidades técnicas: Se advierte que las disposiciones podrían afectar la labor de entidades como la SUNAT, la UIF y la propia APCI, al imponerles funciones que no les corresponden y sin la previsión de recursos adicionales.

Registro "especial" de incidencia: Se critica la creación de un registro para entidades que realizan "activismo político", lo que podría vulnerar el derecho a la participación ciudadana en la vida política del país.

Disposiciones inconstitucionales: Se señala que el Dictamen incorpora disposiciones que ya fueron declaradas inconstitucionales por el Tribunal Constitucional en 2007, como la obligatoriedad de registro en la APCI y la cancelación del registro como sanción.

Vulneración de derechos: Se argumenta que el Dictamen vulnera derechos constitucionales como la libertad de asociación y el derecho a la participación en la vida política del país.

Una medida alineada al contexto

El Dictamen se enmarca en un contexto internacional de creciente restricción del espacio cívico y la participación ciudadana. Diversos países han aprobado leyes que dificultan el trabajo de las organizaciones de la sociedad civil y limitan el financiamiento de la cooperación internacional. 

En América Latina, países como Paraguay, Nicaragua y Venezuela han implementado legislaciones que restringen el accionar de las ONG y sancionan actividades que atenten contra el "orden público" o la "estabilidad".

En el Perú, el Dictamen se alinea con una agenda legislativa que busca reducir el espacio cívico y la participación ciudadana. Se ha observado una confluencia de bancadas parlamentarias que coinciden en discursos que descalifican y criminalizan el trabajo de las ONG, especialmente aquellas dedicadas a la incidencia política, la defensa de los derechos humanos y la fiscalización anticorrupción. Lo que no se critica es la acción de grupos organizados, financiados por actividades ilegales, que más bien tienen el apoyo de bancadas congresales.

El Dictamen aprobado por la Comisión de Relaciones Exteriores modifica la Ley de la APCI y otras normas relacionadas con la cooperación internacional. Entre los cambios más relevantes, se encuentran:

* Se amplía el alcance de la Ley a todas las entidades que gestionan cooperación internacional, incluyendo empresas con fines de lucro.
* Se incrementa el monto de las multas y se establece una metodología para su aplicación que no ha sido definida.
* Se crea un registro especial para entidades que realizan "activismo político".
* Se obliga a las organizaciones a registrarse en la APCI para poder gestionar fondos de la cooperación internacional.
* Se establece como infracción la realización de actividades que atenten contra el "orden público" o la "seguridad nacional", sin una definición clara de estos conceptos.

Opiniones y pronunciamientos

Diversas entidades y organizaciones han expresado su preocupación por el Dictamen. La Asociación Nacional de Centros de Investigación, Promoción Social y Desarrollo (ANC) ha rechazado el Dictamen por desconocer los mandatos del Tribunal Constitucional. El Colegio de Abogados de Lima ha considerado que el Dictamen vulnera derechos fundamentales como la libertad de opinión, expresión y asociación.

A nivel internacional, 16 embajadas y sedes diplomáticas han expresado su preocupación por las modificaciones a la ley de la APCI, que restringirían la capacidad de la sociedad civil para operar en un entorno propicio. Amnistía Internacional ha alertado sobre las iniciativas legislativas en América Latina que podrían restringir gravemente el trabajo de la sociedad civil, incluyendo el Dictamen aprobado por la Comisión de Relaciones Exteriores.

infografia generada por el instituto de defensa legal

El Dictamen Parlamentario sobre Cooperación Internacional ha generado un intenso debate en la sociedad peruana. Sus disposiciones, que buscan controlar y restringir el trabajo de las organizaciones de la sociedad civil y la cooperación internacional, han sido cuestionadas por su falta de sustento técnico, su ambigüedad y su potencial para vulnerar derechos fundamentales. El Dictamen se enmarca en un contexto internacional de creciente restricción del espacio cívico y la participación ciudadana, y se alinea con una agenda legislativa que busca reducir la capacidad de acción de las organizaciones que fiscalizan y critican al poder.

Argumentos falaces

Los motivos del congreso para atacar a las ONG son cada vez más claros. A pesar de las públicas afirmaciones de que las ONG malversaban o lavaban dinero, estas no han podido ser corroboradas y por el contrario, han aparecido evidencias de todo lo contrario.

 Ya desde junio de 2024, Epicentro TV publicó un informe que cuestionaba las verdaderas motivaciones de los congresistas con este proyecto que puede usarse para limitar aun más los derechos de la ciudadanía.

La transparencia y el fortalecimiento de los mecanismos de control son importantes, pero no deben servir como pretexto para limitar la acción de la sociedad civil y la cooperación internacional, que juegan un papel fundamental en la construcción de una sociedad más justa, democrática e igualitaria.


*Disclaimer: Debo aclarar que siendo periodista, también colaboro con varias ONG, he trabajado y trabajo con ellas, como lo he hecho con comunidades nativas, campesinas, organizaciones de base y empresas de varios sectores.